Subvenciones para clubes deportivos valencianos
Diputación Valencia
Subvenciones para clubes deportivos valencianos por la participación en competiciones nacionaes y/o internacionaesl no profesional. Año 2021.
La Diputación de Valencia convoca Subvenciones para clubes deportivos valencianos
Objeto, condiciones y finalidad.
La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, conforme al procedimiento previsto en la ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valencia, a clubes valencianos por la participación de sus equipos en las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de carácter no profesional, que cuenten con equipos de categoría absoluta, en las dos máximas categorías de las ligas nacionales de las distintas modalidades deportivas.
En concreto, la presente convocatoria tiene como objeto la financiación de clubes valencianos, femeninos y masculinos, que acrediten gran relevancia deportiva atendiendo a sus resultados en competiciones oficiales, fundamentada en su repercusión social y alto nivel de los deportistas integrantes del club, para el desarrollo de una competición deportiva oficial de ámbito nacional o internacional reconocida por la federación deportiva correspondiente.
Financiación e importe máximo subvención.
El importe de las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria asciende a 800.000 euros.
La subvención no podrá exceder de la cuantía solicitada o, en todo caso, de 20.000€ para los deportes individuales y de 40.000€ para los deportes colectivos.
Requisitos y obligaciones de los beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los clubes deportivos de la provincia de Valencia que cumplan los requisitos previstos en el presente apartado.
Para obtener la condición de beneficiarias en la presente convocatoria, los clubes interesados deberán reunir los requisitos y cumplir con las obligaciones que, con carácter general, se establecen en la Ordenanza General de Subvenciones y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de forma específica los siguientes:
- a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana con al menos un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria
- b) Contar con al menos un equipo de la categoría absoluta en la máxima categoría nacional correspondiente a una modalidad oficialmente reconocida (División de Honor) o en su defecto, en la categoría inmediatamente inferior (División de Honor B, Primera División Nacional o equivalente).
- c) No podrán ser beneficiarias las entidades de interés económico en la que los ingresos sean considerados de sus socios o participantes y repartidos entre ellos, o aquellas en que la prestación de los servicios profesionales retribuidos seaprestadapor los miembros de la Junta directiva u órgano de representación, aún en el caso de que la persona jurídica no tenga fin de lucro en sí misma
- d) Haber justificado las subvenciones obtenidas en la convocatoria del ejercicio anterior
- e) Los clubes solicitantes, femeninos y masculinos, deberán participar con equipos de categoría absoluta o senior durante el 2021, en competiciones de máxima categoría o división, organizadas o reconocidas por la federación española o internacional correspondiente.
Se excluye el fútbol masculino cuyas máximas divisiones estatales son profesionales así como la liga profesional de baloncesto masculino, liga ACB, por lo que las competiciones incluidas son las siguientes:- 1º.-En deportes colectivos, considerandocomo tales el baloncesto, balonmano, béisbol y softbol, fútbol femenino, fútbol sala, fútbol americano, hockey, rugby, voleibol, waterpolo y kayak polo:
- -Campeonatos de Europa/Competiciones europeas de clubes, con participación mínima en ese deporte de ocho países y que se clasifiquen en sus respectivas ligas y campeonatos estatales de máxima división
- -Ligas estatales oficiales de máxima categoría con clubes de la Comunidad Valenciana que se celebren por sistema de liga regular, organizada o reconocida porla federación española correspondiente
- 2º.-En deportes individuales:
- -Campeonatos de Europa/Competiciones europeas de clubes, con participación mínima en ese deporte de ocho países y que se clasifiquen en sus respectivas ligas y campeonatos de máxima división
- -Ligas estatales oficiales de máxima categoría que se celebren por sistema de liga en las que la competición no se realiza en concentración sino por un sistema de competición de liga que se desarrolla en varias jornadas separadas en el tiempo
- 1º.-En deportes colectivos, considerandocomo tales el baloncesto, balonmano, béisbol y softbol, fútbol femenino, fútbol sala, fútbol americano, hockey, rugby, voleibol, waterpolo y kayak polo:
No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, tampoco podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que contengan duplicidades de sedes sociales, órganos rectores, objeto de la entidad, población a atender o infraestructura física, respecto de otras entidades que ya hubiesen presentado solicitud en esta convocatoria.La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación a efectos de notificaciones en los términos previstos en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación y en el resto de normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 25 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada electrónicamente por el representante de la entidad, se presentará exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Valencia , accediendo al catálogo de trámites de Juventud y Deportes.
Será requisito indispensable que el firmante de la solicitud, así como de la justificación, sea el representante legal de la entidad y disponga de certificado electrónico que lo acredite formalmente para la presentación de documentación en nombre de la misma.
En caso de que no se disponga de dicho certificado de representación, podrán seguirse para su obtención las instrucciones previstas en el ANEXO I a la presente convocatoria.
Documentación que debe acompañar a la solicitud.
a) Certificado original expedido por la federación autonómica o española correspondiente, firmado por el presidente o secretario general, sobre la inscripción y puesto alcanzado en la clasificación final de la temporada que señale la convocatoria, en la competición en cuya participación se basa la solicitud de la ayuda.
En dicho certificado se especificará la modalidad o especialidad deportiva, denominación de la competición, categoría en la que participa el equipo, temporada deportiva, puesto obtenido en la clasificación final, las competiciones internacionales en que elequipo haya participado como consecuencia de su participación en la Liga Nacional o, en su defecto, Campeonato de España, por la que se solicita la ayuda.
b) Inscripción en el Registro de Clubes, Federaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad Valenciana.
c) Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
d )Certificado de la persona que ostente la secretaria de la entidad en el que conste la identificación de los miembros del órgano de gobierno y representación de la entidad, así como la fecha de su nombramiento y modo de elección.
e) Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Estos certificados se presentarán de forma preferente por las entidades solicitantes junto con el resto de documentos relacionados en este apartado y, necesariamente, cuando se deniegue su obtención directa por la Diputación.
En caso de no aportarlos, esta Corporación los recabará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los certificados recabados que se expidan con sentido negativo no serán objeto de subsanación y, en consecuencia, no podrá la entidad interesada adquirir la condición de beneficiaria en esta convocatoria.
f) Los datos bancarios de los/las solicitantes, únicamente deberán facilitarse si presentan solicitud por primera vez o han cambiado la cuenta bancaria.
g) Proyecto original de la participación en las competiciones, firmado por el presidente del club de acuerdo con el modelo que estará disponible en el momento de la solicitud.
En dicho proyecto se describirá:
- La competición en la que participa el equipo y que es objeto de la convocatoria, y las características de la misma, detallando las divisiones nacionales que existen de categoría superior e inferior y el sistema de ascensos y descensos entre ellas.
- El número de equipos que participan en dicha competición detallando los que son de la Comunidad Valenciana y los que son de fuera.
- El nombre de los deportistas integrantes de la plantilla del equipo.En relación a la documentación relativa al proyecto, se deberá adjuntar inexcusablemente a la solicitud, desestimándose aquellas peticiones que no lo adjunten, no siendo éste un requisito subsanable.
Aquellos datos o extremos relativos al mismo que no hayan sido aportados o no queden suficientemente acreditados no serán requeridos para su subsanación y no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
h) Presupuesto detallado de ingresos y gastos por conceptos, firmado electrónicamente y conforme al modelo disponible en el catálogo de trámites de deportes.
Criterios de valoración de las solicitudes.
La valoración de las solicitudes presentadas se realizará por cada equipo perteneciente al club deportivo solicitante, siendo la puntuación máxima a alcanzar la de 55 puntos.
Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios, referidos a la temporada 2019/2020:
a. Categoría deportiva a la que pertenece el equipo.
División de Honor o Primera División o equivalentes, según la modalidad deportiva, hasta 20 puntos.
- División de Honor: 20 puntos
- División de Honor B, Primera División o equivalente: 10puntos
b. Número de deportistas que componen la plantilla del equipo objeto de la subvención (División de Honor, División de Honor B, Primera División o equivalente), hasta 10 puntos.
- Si la plantilla supera los 16 deportistas: 10 puntos
- Si la plantilla está comprendido entre 11 y 16: 5 puntos
- Si la plantilla es de 10 o menos deportistas: 2 puntos
c. Puesto obtenido en la clasificación de la liga nacional correspondiente, hasta 10 puntos.
- Primer puesto: 10 puntos
- Segundo puesto: 8 puntos
- Tercer puesto: 6 puntos
- Cuarto puesto: 5 puntos
- Quinto puesto: 4 puntos
- Sexto puesto: 3 puntos
- Séptimo puesto: 2 puntos
- Octavo puesto: 1 punto
d. Si se trata de un equipo que practica una modalidad deportiva olímpica, se otorgarán 5 puntos.
- Modalidad deportiva olímpica: 5puntos
e. Si el equipo ha participado en competiciones internacionales oficiales, se otorgarán 5 puntos.
- Competiciones internacionales oficiales( Camp. del mundo, de Europa..): 5 puntos
f. Si se trata de un equipo femenino, se otorgarán 5 puntos
- Equipo femenino: 5 puntos
La puntuación mínima para obtener ayuda se establece en 10 puntos. Por tanto, no se tendrán en cuenta las solicitudes que no alcancen dicha puntuación.
Convocatoria íntegra.
Consulta íntegramente la convocatoria.
Fuente: Diputación de Valencia.
top
_________________________________________________
