Subvenciones para clubes deportivos en 2023
GVA Educación Cultura Deporte
Subvenciones para clubes deportivos con participación en competiciones internacionales y de máxima categoría estatal no profesional en 2023.
La GVA ha publicado hoy la convocatoria de subvenciones destinadas a los clubes deportivos y secciones deportivas de entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana con participación en competiciones oficiales internacionales y competiciones de máxima categoría estatal dedeporte no profesional para el año 2023.
Entidades beneficiarias.
La presente resolución se aplicará a los clubes deportivos y a las secciones deportivas de las entidades sin ánimo de lucro que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana, que puedan tener la condición de entidad beneficiaria por no concurrir ninguna de las circunstancias que lo impidan, las cuales se detallan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar adscrito a la federación correspondiente de la Comunitat Valenciana.
b) Participar en competiciones internacionales o de máximo nivel estatal de deporte no profesional en las categorías, los niveles, el rango de resultados y características establecidas dentro de los siguientes tipos de competición:
b.1) Competición de nivel internacional por clubes o ligas estatales de máxima división de deporte no profesional: participar con equipos de categoría absoluta o sénior durante la temporada deportiva que corresponda al año de la convocatoria, en competiciones de máxima división, organizadas o reconocidas por la federación española o internacional correspondiente.
Se excluye el fútbol masculino, las máximas divisiones estatales del cual son profesionales, así como la liga profesional de baloncesto masculino (ACB). Por lo cual, las competiciones incluidas son las siguientes:
1. En el caso de deportes colectivos, y considerando como tales baloncesto, balonmano, béisbol y softball, fútbol femenino, fútbol sala, fútbol americano, hockey, rugby, voleibol, waterpolo y cayacpolo:
– Campeonatos de Europa / Competiciones europeas de clubes, con participación mínima en este deporte de ocho países y que se clasifican en sus respectivas ligas y campeonatos estatales de máxima división.
– Ligas estatales oficiales de máxima división estatal que se celebran por el sistema de liga regular, organizada o reconocida por la federación española correspondiente, de participación obligatoria para un número de clubes cerrado, con sistema de ascenso y descenso respecto a la división inmediata inferior. Cuando no exista representación de clubes de la Comunitat Valenciana en la máxima división estatal, se considerará la inmediatamente inferior, y en defecto suyo y exclusivamente para modalidades olímpicas y paralímpicas se considerará a los equipos en la máxima división estatal que registre participación de equipos de la Comunitat Valenciana, sin contar fases de sector o clasificatorias previas. Para facilitar la estabilidad económica y la recuperación de la categoría de competición entre dos temporadas deportivas consecutivas, las entidades que hayan sido beneficiarias el último año podrán solicitar subvención por un año más, siempre que se mantengan en una división de carácter estatal.
En el caso de deportes individuales:
– Campeonatos de Europa / Competiciones europeas de clubes, con participación mínima en este deporte de ocho países y que se clasifiquen en sus respectivas ligas y campeonatos de máxima división.
– Ligas estatales oficiales de máxima división que se realizan por sistema de liga en las que la competición no se realiza en concentración, sino por un sistema de competición que se realiza en varias jornadas separadas en el tiempo e integradas por clubes que hayan ascendido a la máxima categoría estatal la temporada anterior o permanezcan en esta, clasificados por sus resultados deportivos y trayectoria de la temporada. La competición de liga tendrá que ser convocada como tal, con normativa propia y rango de competición de máximo nivel estatal, y supone la inscripción reglamentada de los clubes en esta y la participación obligatoria en las jornadas. No tienen consideración a efectos de esta convocatoria, independientemente de la denominación de liga, las clasificaciones conjuntas para participar en diferentes competiciones específicas, diferentes categorías, suma de medallas o méritos similares.
b.2) Campeonatos de España de clubes de categoría absoluta de máximo nivel. Tendrán que haber obtenido en estos campeonatos, durante el año anterior al de la convocatoria, en la clasificación final un lugar del 1 al 4, en modalidad olímpica o paralímpica, o del 1 al 2 para el resto de modalidades. Estas competiciones tendrán que estar reguladas por una normativa específica de la federación española correspondiente que concrete la composición exacta de los equipos de clubes, su composición y condiciones iguales para todos estos, y un sistema de obtención de resultado final que dé lugar al título oficial de Club Campeón de España por clubes. No tendrán esta consideración aquellos campeonatos que sean de competición individual en que se publican clasificaciones oficiosas de clubes, autonomías, categorías, etc., o en que se obtenga una clasificación por clubes en base en una participación abierta o que incluya participantes de diferentes categorías por edad. Estos campeonatos de España tendrán que registrar en categoría absoluta y en divisiones estatales un mínimo de participación de ocho equipos y cuatro comunidades autónomas.
Finalidad de las subvenciones.
Las subvenciones tienen como finalidad apoyar a la participación de las entidades beneficiarias en competiciones oficiales de carácter estatal e internacional y la tecnificación de todos sus equipos.
Las subvenciones se destinan a financiar los gastos ocasionados en 2023 por los conceptos siguientes:
a) Gastos derivados de la participación del primer equipo en competiciones oficiales: desplazamientos, alojamiento, manutención, arbitrajes y nóminas, que será como mínimo el 50 % del importe de la subvención concedida.
b) Gastos derivados de la actividad deportiva del club relacionados con la tecnificación de todos sus equipos.
c) Otros gastos de funcionamiento relacionados con los apartados anteriores, justificados como es debido, que tiene que ser como máximo el 10 % del importe de la subvención concedida.
Plazo de presentación.
El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la presente convocatoria y finaliza el 31 de enero de 2023.
El incumplimiento de este plazo determina automáticamente la exclusión.
DOGV Num. 9501 de 30.12.2022.
Consulta íntegramente la resolución.
Fuente: Generalitat Valenciana.
top
_________________________________________________
